este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, lo solicitado por la Representante del Ministerio Público, y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, a favor de la adolescente XXXXXXXXXXXXXX por encontrarse la misma presuntamente incursa en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; de conformidad con el artículo 582 literales "b" y "c" de la LOPNNA, consistente en la: LA OBLIGACIÓN DE SOMETERSE AL CUIDADO DE SU REPRESENTANTE, y LA OBLIGACIÓN DE PRESENTARSE PERIÓDICAMENTE ANTE LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO MONTES DEL ESTADO SUCRE, en este caso PRESENTACIONES PERIODICAS CADA CUARENTA Y CINCO (45) DIAS. En relación .....