este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, en contra de los imputados: Pedro José Hernández Hernández, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 33 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.243.808, de oficio pescador, nacido el 19-07-1979, hijo Juan Hernández y Viviana Hernández, domiciliado en: Guaca sector Guatapanare Calle Cumana, casa S/N parroquia Bolívar, Carúpano, Estado Sucre; consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal. 2.- A presentarse ante el Tribunal las veces que sea convocado. 3.- Presentarse cada Quince (15) días por el lapso de Seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal del Estado Sucre extensión Carúpano, 4.- Se le Prohíbe realizar cualquier en contra de la victima por si mismos o por intermedio de terceras personas. .....