Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 15 de octubre de 2008, por el abogado Albert Martín Prieto Arias, apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 08 de julio de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por resolución de contrato de venta con reserva de dominio, interpuesta por C.A., Central, Banco Universal, contra el ciudadano Johnny Galaviz Rincón. Se declara SIN LUGAR la demanda de indemnización de daños y perjuicios reclamada. Se declara INADMISIBLE la RECONVENCIÓN planteada por el ciudadano Johnny Galaviz Rincón, en contra de C.A. Central Banco Universal. QUEDA así MODIFICADA la sentencia dictada en fecha 08 de julio de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tráns.....