IV
DECISION
Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Ramón Moreno, identificado a los autos, en contra del municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se ordena a la alcaldía del municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 240-09, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa en fecha 26 de mayo del 2009, mediante la cual se ordenó el reenganche del ciudadano José Ramón Moreno y el pago de los salarios caídos, debiendo reincorporarse de manera inmediata al ciudadano José Ramón Moreno a su puesto de trabajo.....