Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 7 de octubre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción interpuesta por el ciudadano Ramón Ray Rivero Mujica, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES Q.P. 1421, C.A., contra los ciudadanos MANUEL FARÍA, MANUEL RODRÍGUEZ, EUCLIDES SEBASTIANI, ENRIQUE FUERTES, JUAN PABLO CÁRDENAS, ELDER LEMOS, ANTONIO GUÉDEZ, CARLOS JAVITT y THAYS PÉREZ, en su condición de miembros de la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO LUSO LARENSE, todos identific.....