PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por JOSE IDELFONSO ARIAS PICON, titular de las cédula de identidad 26.467.856, debidamente representado por NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, titular de las cédula de identidad 8.083.778 e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.952 en contra de la sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA DON JOSE C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 21 de junio de 2001, bajo el número 31, tomo 14-A; por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA DON JOSE C.A, a pagar a la parte actora JOSE IDELFONSO ARIAS PICON, titular de las cédula de identidad 26.467.856, debidamente representado por NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, titular de las cédula de identidad 8.083.778 e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60.952, la cantidad de CIENTO OCHENTA Y UN MIL CIENTO SESE.....