DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la presente solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana FRANCIS YOVANNA PEREZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.699.664, debidamente asistida por el abogado JESUS NICOLAS GONZALEZ VARGAS, inscrito en el I.P.S.A bajo matricula No242.980, en contra de las actuaciones judiciales por parte del Tribunal Primero de Primera instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, sede Barquisimeto, conforme al artículo 6, numeral 5º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, regístrese y déjese copia certifica.....