´DE LA HOMOLOGACION POR PARTE DE ESTE TRIBUNAL.
Visto el pedimento hecho por las partes en esta Audiencia Conciliatoria, la juez actuante deja constancia que en este acto se encontraban presentes la ciudadana, María Teresa Molina y el ciudadano Reinaldo Romero titulares de la cédula de identidad N° V- 12.836.595 y 6.748.150 inscrita en el INPREABOGADO N° 292.763 y 56.834, quienes actuaron en nombre del EX-TRABAJADOR JESUS ALBERTO NOGUERA MARRUFO que acordó recibir el pago del monto acordado en los términos antes señalados. Así mismo, visto que la representación de la parte demandante y el apoderado Judicial de la demandada declaran su total conformidad con la presente transacción y solicitan a la ciudadana Juez, se sirva decretar la Homologación de la presente transacción y darle el carácter de cosa juzgada, quien decide de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en concordancia con el Articulo 62 parágra.....