"....este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara parcialmente CON LUGAR la Oposición formulada por parte el demandado FADI KOSHAYA KALLAB YUNIS, a la pretensión de partición incoada por Maribel Racimo Gautier, y SIN LUGAR la Reconvención propuesta por el ciudadano Fadi Koshaya Kallab Yunis contra la ciudadana Maribel Racimo Gautier, en consecuencia se declara:
1.- Improcedente la solicitud de inepta acumulación de pretensiones.
2.- Con lugar la oposición a la partición de los siguientes bienes: Un (01) juego de sala modular para seis personas tapizado en tela importado con cojines, una (01) mesa de centro en madera laqueada con cristales biselados, dos (02) alfombras de área y dos (02) cuadros de autores reconocidos; seis (06) alfombras tipo persa; dos (02) cuadros de autores reconocidos, dos (02) congeladores,.....