Sin Lugar el Recuso de Apelación, interpuesto en fecha 07 de agosto del 2006, de conformidad con el Artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Fiscal del Ministerio Público, MILAGROS ROMERO en su condición de Fiscal Auxiliar Sexta comisionada en la Fiscalia Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, quedando confirmada la decisión recurrida, constituida por el auto dictado el 26 de julio del 2006, mediante el cual la Jueza Tercera en Función de Control le otorgó la libertad plena al imputado Esteban José Mercado Pedrosa.