DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición interpuesta por la Dra. HILEN DAHER DE LUCENA, Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Remítase copias fotostáticas certificadas de la presente decisión al Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y dado que es un hecho notorio publico en el ámbito de este Circuito Laboral que solo están ejerciendo funciones Jurisdiccionales dos de los tres Tribunales Superiores de este Circuito Judicial como consecuencia de que el Juzgado Superior Tercero se encuentra sin actividad jurisdiccional, y habiéndose declarado con lugar la INHIBICION planteada por la Juez Superior Primero de esta Circun.....