Este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano YOVANNY JOSE LEAL YAJURE , venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.440.203, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 16-12-78, de profesión u oficio: Obrero, soltero, residenciado en El Callejón Loyola Corazón de Jesús casa N° 2 Carora Estado Lara, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de HURTO SIMPLE tipificado en el artículo 453 del Código Penal.
La parte dispositiva de esta sentencia fue leída en la Audiencia realizada el día 03 de Febrero del año 2004, siendo expuestos oralmente los fundamentos de la misma conforme a lo dispuesto en los artículos 175 y 365 del .....