En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir en los Siguientes términos:
Primero: Se homologa la conciliación presentada por la fiscalía y determina las siguientes obligaciones a cumplir por el adolescente: 1) Pedir disculpas a la víctima 2) Residir en un lugar determinado, para lo cual se fija la dirección registrada en las actuaciones, 3) Someterse al cuidado y vigilancia de su representante (Identidad Omitida) 4) Prohibición de portar armas de cualquier tipo, 5) Prohibición de ir a bares o lugares nocturnos, 6) Prohibición de salir de su residencia, luego de las 10 p.m. a menos que se encuentre acompañado de su representante, o autorizado por él 7) Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas, 8) Mantenerse en un trabajo estable. 9) prohibición de acercase a la víctima 10) Resarcir el daño material en la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES(Bs. 1.800.000,oo) pagando cincuenta mil bolívares (Bs.50.000.....