D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL OTORGAMIENTO del beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL al penado, LUIS RAMÓN VALERA ALBORNOZ , portador de la cédula de identidad Nº 11.262.960 , ampliamente identificado en autos, por cuanto no están llenos los extremos exigidos por el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitirlo al Médico Forense a los fines de que se le practique la Evaluación Psiquiátrica y se determine el tratamiento o control a seguir.
Regístrese la presente decisión y remítase en COPIA CERTIFICADA, con Oficio, al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara y al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Públ.....