DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado PEDRO ELIAS ARISTEGUIETA CORREA, apoderado judicial de la parte actora, en contra del auto de fecha 06 de Agosto de 2013, el Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES intentado por LIBRERÍA ANTONIO CARORA, C.A., en contra de HIPÓLITO JOSÉ ZAMBRANO, en consecuencia se ordena la continuación del mismo en el estado en que se encuentra
Queda así REVOCADO el auto apelado.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de este auto para ser agregado al Libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.