Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE, al acusado LUÍS WILFREDO FARIAS RAMOS, venezolano, titular de la cédula de identidad V-24.402.617, de 20 años, nacido en fecha 08-04-91, soltero, residenciado en la Calle Campo Alegre, Casa Nº 05, Caigüire, hijo de Noelia Rodríguez Luís Farias, Cumaná, Estado Sucre; de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de ÁNGEL JOSÉ RODRÍGUEZ (occiso). Dada la decisión absolutoria dictada se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, informando de su contenido a los fines que se deje sin efecto toda orden de captura librada en contra de dicho ciudadano con ocasión del presente caso toda vez que la m.....