Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el EVELYN DANIELA AGUILAR DE ARRIECHI, titular de la cédula de identidad No. 22.102.151
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía con JOSE RAFAEL ARRIECHI CAMACARO, titular de la cédula de identidad Nº 15.105.779 y que fuera contraído en fecha 30/04/2013, por ante Registro Civil de la Parroquia Urama, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 19, Folio 19, Tomo I, Año 2013.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado en format.....