III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por Elsa Providencia Rangel Moreno, titular de la cédula de identidad No. V-11.743.996.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía con José Gregorio Guevara Pinto, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.599.243, y que fuera contraído en fecha 11/07/1989 por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. 25 del folios 48, 49 y 50, tomo I, Año 1989.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador .....