CONDENO al ciudadano Omar Gerardo Mújica Aguirre, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.031.263., de 28 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Luís Gerardo Mújica y Rosa Pastora Aguirre, domiciliado en el kilómetro 11 de Pavía, sector Mogollón frente al Gran Chivo, Barquisimeto, Estado Lara; a cumplir la pena de dos (2) de prisión, mas las penas accesorias a la de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas .