ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda visto el desarrollo de la presente audiencia y en base a los dispuesto en el articulo 647 de la LOPNNA literal e , decide: Primero: Ratifica la medida de Semi Libertad que viene cumpliendo el sancionado RESERVADO, en la dirección de prevención el Delito Lara , ofíciese al respecto e indicándole sobre el control personal que se debe llevar y el cual el usuario debe presenta en esta institución .Segundo: Sustituye la medida de Libertad Asistida por la medida de Servicio a la comunidad ( Articulo 625 de la LOPNNA medida que deberá cumplir en la institución o ente asignado y coordinado por el Consejo Comunal Barrio Unión en la persona de la vocero (Leidy Herrera ) por el lapso de 6 meses a partir de que conste la incorporación del sancionado en dicho servicio. Tercero: Ofíciese al Licenciada Rosa Márquez del Servicio Social a los fines de que se traslade al Consejo Comunal de Barr.....