En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada, informándole a las partes que una vez conste en autos el pago integro de los conceptos laborales convenidos se ordenará el cierre y archivo del expediente, indicando además que en caso de incumplimiento del presente convenimiento, se remitirá el expediente al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para la ejecución forzosa del presente acuerdo transaccional. Es todo, se concluyó el acto, se leyó el acta, conformes firman.
JUEZ DE JUICIO SECRETARIA
ABOG. GISELA GRUBER ABOG. NAYDALI JAIMES Q.
La apoderada judicial de la parte actora
El representante legal de la empresa accionada
La abogada asistente de la empresa a.....