EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Una vez oída a la Defensa Pública a si como al Ministerio Pùblico, y en relación al interés superior del adolescente de la fijación del plazo prudencial así como que sea extendidas las presentaciones semanales a quincenal por razones de trabajo, y vista la exposición de la Vindicta Publica en solicitar un plazo de treinta días continuaos para la presentación del acto conclusivo, el Tribunal acuerda conceder el plazo de treinta (30) días continuos para la presentación del acto conclusivo, venciendo dicho lapso el 17 de mayo del presente año. SEGUNDO: En cuanto a la solicitud de la extensión de la presentacion periodica ante el Tribunal que venia cumpliendo el adolescente imputado, la misma se Ratifica y se modifica en cuanto a la forma de cumplimiento por lo que el adolescente Imputado ciudadano: XXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolano, adolescente, de años 19 años de edad, nació el 28-05-1986,.....