En esta misma fecha se publicó auto de apertura a juicio oral y público en el asunto seguido al ciudadano OVIDIO JSOE PINTO, por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el artículo 259 ejusdem con la agravante del articulo 217 ibidem; Se impuso a OVIDIO JOSÉ PINTO de los medios alternos a la prosecución del proceso; Así mismo se mantuvo la medida judicial de privación de libertad que pesa en su contra, resolviendo la petición efectuada por la defensa; Se admitieron las pruebas presentadas por el Ministerio Público y el Principio de la Comunidad de pruebas invocado por la defensa, tal como quedan descritas en el punto relacionado con las pruebas admitidas, por considerarlas este Tribunal legales, lícitas, pertinentes y necesarias para la celebración del Juicio Oral y Público.