Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por cobro de bolívares por vía de intimación y el pago de las costas, costo y honorarios de profesionales, incoada por la sociedad mercantil DISTSERVIMACA, C.A, contra la sociedad de comercio SERINTLOG G&G, SERVICIOS INTEGRADOS LOGISTICOS, C.A..- SEGUNDO: LA NULIDAD del auto de admisión de la demanda, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20 de junio de 2012, y demás actuaciones subsiguientes.
Queda así CONFIRMADA la sentencia objeto de la presente apelación.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA