Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PROTECCION a la ciudadana ELIZABETH MARIA CARRILLO, venezolana, de 25 años de edad, estudiante, titular de la cedula de identidad N° V-16.860.424, domiciliado en el Caserío Mijaguito, Sector El Esfuerzo, calle 2, casa S/N; entrando por la Iglesia Luz del Mundo, Acarigua, Estado Portuguesa, y su grupo familiar, consistente en vigilancia periódicas en el referido inmueble. La precitada medida de protección deberá ser cumplida por funcionarios adscritos a la Comisaría Gral. José Antonio Páez de Acarigua, Estado Portuguesa, bajo la supervisión de su Comandante, quién deberá dar estricto cumplimiento a la medida acordada, so pena de incurrir en responsabilidad, debiendo llevar un control in.....