V
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de lo contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por la ciudadana Karina Celeste Sabatino Pérez, actuando en su carácter de apoderada judicial de AGENCIA SELINGER, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DGCJ-UF-I-2008-005 del 07 de julio de 2008, emanadas del INSTITUTO PUERTO AUTÓNOMO DE PUERTO CABELLO (I.P.A.P.C), mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud realizada por la contribuyente referida al cobro de las tasas administrativas por concepto de muellaje y se le intima al pago de bolívares fuertes ciento cincuenta y ocho mil ochocientos con treinta y un céntimos (BsF. 158.800,31).
2) NULA y sin efecto legal alguno la Resolución de Intimación de Pago de Derechos Pendientes Nº DGCJ-J-UF-I-2008-005 del 07 de julio de 2008 emitida .....