Acto seguido éste Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y, con la facultad conferida por el Tribunal Comitente, Le hace formal entrega del inmueble consistente en un local comercial, ubicado en la avenida José María Vargas, frente a auto forros Portuguesa, al lado de Baterías Yépez a 200 mts del terminal de pasajeros, en ésta ciudad de Guanare estado Portuguesa, libre de personas y cosas al Abogado José Antonio Lamas, Inpreabogado Nº 165.549, quien manifestó recibir el inmueble en regular estado. Seguidamente la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido expone: En relación al embargo ejecutivo me reservo el derecho de solicitarlo en otra oportunidad.