En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RAFAEL ARGENIS ZAMORA ROSALES, titular de la cédula de identidad número V- 17.388.667 en contra de la sociedad mercantil INDUSTRIA QUIMICAS DE PORTUGUESA, S.A, inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 29 de octubre de 1969, anotado bajo el Nº 163, folios 273 al 280 del libro de registro de comercio.