Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos SILVERIO COLMENAREZ y MANAURY ANTONIO RODRIGUEZ, contra los ciudadanos PEDRO JIMENEZ, JONNY DAVILA, MILENNA JIMENEZ SILVA, JONNY FARIÑA y EIRA MELENDEZ, en su condición de representantes del Colegio de Abogados del Municipio Jiménez del estado Lara. Así se decide. SEGUNDO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de Amparo Constitucional al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en El Tocuyo. Así se decide. TERCERO: Dada la naturaleza de la acción no hay condenatoria en costas. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con l.....