En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 de conformidad con la sentencia 1070/2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, intentado por la ciudadana EMILETH DEL CARMEN REA SIVIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°12.018.772, asistida por la abogada ANA PASTORA AGÜERO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°133.353, contra el ciudadano YIMMY AMADEO RODRIGUEZ CARUCI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°13.644.145.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha dieciséis (16) de octub.....