Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con Lugar el Sobreseimiento Definitivo, solicitado por la Representante del Ministerio Público, a favor del Adolescente: XXXXXXXXXXXXXXXX; a quien se le iniciara la presente causa por uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, como lo es el delito de ROBO AGRAVADO; previsto en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio del en perjuicio del ciudadano JUAN CARLOS RODRÍGUEZ CASTELLANOS; con fundamento en el artículo 615, 561 literal D y 318 ordinal 3° del COPP. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con los artículos 180 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.