DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250, 251, 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ SILVA, venezolano, natural de Río Seco, titular de la cédula de identidad Nº 11.799.649, nacido en fecha: 09-05-68, de 41 años de edad, estado civil: casado, de oficio obrero, domiciliado en el Caserío Ríos Seco, a la orilla de la Playa Casa de Color Marrón, del Municipio Miranda Parroquia Sabaneta hijo de Alba de González y Rigoberto González, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal venezolano, en perjuicio de quien en vida r.....