Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por Abg. Luisa Oribio Salinas, en su condición de Defensora Publica del Ciudadano William Pastor Giménez, contra la decisión dictada en fecha 15 de Julio de 2008 y fundamentada en fecha 23 de Julio de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 04, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual CONDENA al ciudadano WILLIANS PASTOR SIRA GIMÉNEZ, a cumplir la pena de Trece (13) años de prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, con su agravante establecida en el artículo 6 numeral 3 ejusdem.
SEGUNDO: Que.....