Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, de Control, Audiencias y Medidas Nro. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CASUA a favor del ciudadano CARLOS GINO ASUAJE FRANCESCHI, Cedula de identidad N° 10.843.137, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 25-10-70, SOLTERO, grado de instrucción Bachiller, oficio comerciante, hijo de Héctor Aguaje y Livia Franceschi, residenciado en la Av. Cuatricentenaria, Edf. Mirador Country, Torre B, piso 1, apto 1B, Valencia, edo. Carabobo , Telf.: 0241-8266245/0414-8224030; SEGUNDO: LA EXTINSIÒN DE LA ACCION PENAL y cese de medidas de seguridad y protección, como la condición de imputado del ciudadano CARLOS GINO ASUAJE FRANCESCHI. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de Junio del año 2010 Años 200 de la Indep.....