Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer sobre el fondo de la incidencia planteada mediante el recurso de apelación de auto interpuesto en fecha 05.06.2023 por la profesional del derecho ABOG. GENESIS GAMBOA, en su condición de Defensora Pública Titular Décima Cuarta (14°) con competencia en Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de Defensa Pública del Estado Carabobo, contra la decisión dictada en fecha 23.05.2023 emitida por el Tribunal Primero (1ero) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal signado con el numero DQ-2023-64581 (Nomenclatura del Tribunal de Primera Instancia).
SEGUNDO: Se DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada .....