DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO
La confesión ficta de la ciudadana: MIRIAM JOSEFINA HERNANDEZ MIRABAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.895.523, y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por el ciudadano: JULIO RICARDO MENA, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº V- 21.493.318, asistido por el abogado en ejercicio DENNY JESUS CATARI ALVARADO, inscrito en el I.P.S.A., bajo en Nº165.556.
SEGUNDO
SE DECLARA RECONOCIDO, el documento de compra-venta privado, de fecha 05 de Enero de 2024, suscrito entre los ciudadanos: MIRIAM JOSEFIN.....