-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la abogada ROSA MARÍA TABARES GALEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-8.612.363, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I. P. S. A.) bajo el Nro. 291.621, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadano RUTH MARÍA INOJOSA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nro. V.-8.832.559, contra OSWALDO MANUEL HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.051.566; en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la .....