Este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION al Convenimiento, de conformidad con la norma contenida en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil., y vista la diligencia inserta al folio 11 del presente Expediente suscrita por la abogada Nieves K. Rodríguez, en su carácter de apoderada de la parte demandante, este Tribunal acuerda la entrega del Cheque a la solicitante. ARCHIVESE EL EXPEDIENTE.-
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.-
En la misma fecha se HOMOLOGO y se ARCHIVO el expediente.-
EXPEDIENTE N° 871-07CIVIL.
DEMANDADO: EMPRESA OPTITOTAL.
DEMANDANTE: ISLARVI SCARLET SHIHADEM RODRIGUEZ.
MOTI.....