Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el abogado Freddy Torres Jiménez, cédula de identidad V- 7.010.811, Inpreabogado Nro. 94.981, con carácter de apoderado judicial del SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO CARABOBO (SINDIGOBER) contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO BATALLA DE VIGIRIMA EN LOS MUNICIPIOS AUTÓNOMOS GUACARA, SAN JOAQUÍN, DIEGO IBARRA Y LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO.