Por todos los razonamientos de Hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución , del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano , Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que no tiene materia sobre la cual decidir respecto de la solicitud interpuesta mediante comunicación ONA 002659 , de fecha 07 de Junio del año en curso, recibido por este despacho en fecha 06 de los corrientes, suscrito por el Ciudadano Nestor Luis Reverol, en su condición de Presidente de la Oficina Nacional Antidrogas en virtud de que ya que este tribunal no tiene competencia para revisar la decisión firme dictada por el Tribunal Cuarto de Control ...