En virtud de lo anterior, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano KELVI JESUS DAM CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.091.370 contra 1.- INVERSIONES REFITECA C.A; 2.- GUILLERMO JOSE UGUETO y 3.- EMILI ARAMBARRI ABANDO. En consecuencia la demandada deberá pagar los conceptos anteriormente señalados y que se dan acá por reproducidos.