Se declara: COMPETENTE y ADMITE la presente Acción de Amparo Constitucional en cuanto a lugar en derecho, sin que ello implique pronunciarse sobre el fondo del asunto. Asimismo, se NIEGA la medida cautelar solicitada. Por otra parte, se ORDENA al Gerente Regional de la Gerencia de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) que deberá remitir a este Juzgado Superior copia certificada del expediente administrativo que tenga relación con el presente amparo constitucional.