Se dictó auto en el cual la Jueza acordó: 1) Declarar con lugar la solicitud del Fiscal 24° del Ministerio Público. 2) Revocar la medida cautelar impuesta al Adolescente: ROMERO EDUARDO JOSE 3) Declarar al adolescente: ROMERO EDUARDO JOSE en estado de rebeldía, ordenándose su ubicación inmediata, de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que sea ubicado inmediatamente, y una vez que sea ubicado traerlo de inmediato a la sede del Tribunal de Control N° 2.