Por las razones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la republica y por mandato de la ley DECLARA con lugar la SUSTITUCIÓN DE PATRONOS en fase de ejecución y en consecuencia declara: a) RESPONSABLE DIRECTA del cumplimiento de la Sentencia definitivamente firme dictada por el extinto JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO del Estado Carabobo, de fecha 3 de junio de 2003, mediante la cual declaró CON LUGAR la CALIFICACIÓN DE DESPIDO y pago de los salarios caídos, incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PINEDA FERNÁNDEZ, contra las sociedades INVERSIONES RODRIPAT, C.A. y TRANSPORTE ISMAN, C.A, b) que esta REENGANCHE Y PAGUE LOS SALARIOS CAÍDOS en los términos expuestos por la aludida sentencia. NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la especialidad de la materia tratada. Continúese en consecuencia con las etapas de la ejecución.
La Juez,
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