PRIMERO: Se declara la NULIDAD del auto de admisión dictado en fecha 10 de septiembre de 2004, por el entonces denominado JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, --hoy Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida--, en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ DANIEL ZAMBRANO PÉREZ, contra la ciudadana LUZ AMÉRICA NÚÑEZ MARTÍNEZ, por nulidad de matrimonio, así como de los demás actos subsiguientes a dicho auto, cumplidos en el presente proceso, inclusive la sentencia definitiva consultada.
SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta la REPOSICIÓN de la causa al estado de que el mencionado Tribunal dicte nuevo auto de admisión, disponiendo expresamente en el mismo, además del emplazamiento de la demandada y la notificación del Fiscal del Ministerio Público, el libramiento a los fines de su publicación, del edicto.....