DECISION
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda CAUCION JURATORIA al ciudadano DAVID EDUARDO FIERRO RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenando en consecuencia su inmediata libertad.
SEGUNDO: RATIFICA las medidas de protección y seguridad, así como las medidas cautelares acordadas en la oportunidad de la audiencia especial de presentación, en la forma en que se detallan en la parte motiva de la presente decisión.