En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de septiembre de 2006, por la abogada LUZ MARINA PACHECO AVENDAÑO, en su condición de apoderada judicial de la CORPORACIÓN DE LOS ANDES, parte demandante, contra la decisión de fecha 10 de agosto de 2006, mediante la cual el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, declaró la extinción del proceso, de conformidad con la parte in fine del artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio seguido contra el ciudadano HÉCT.....