Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, manifiesta que una vez examinados los términos de la transacción se pudo evidenciar que el EX TRABAJADOR actuó a través de su representante judicial debidamente constituido, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; de igual forma de la manifestación escrita del acuerdo, se evidencia que actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, y que el escrito presentado por ante este Tribunal se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que le otorga la Homologación de Ley a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de Cosa Juzgada. Igualmente, como autoridad competente para otorgarle los efectos de Cosa Juzgada al acuerdo transaccional, se.....