DISPOSITIVA
Conforme a las exposiciones anteriores, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; de conformidad al artículo 647 literal (e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
PRIMERO: Sin lugar la sustitución de sanción privativa de libertad, impuesta a (se omite), por la sanción de libertad asistida, solicitada por el defensor privado, Abogado Cliber Johan Canelón, en razón de los argumentos expuestos en el presente auto.
SEGUNDO: Ratifica la sanción de privación de libertad, prevista en el artículo 628 literal "a" de la Lopnna, dictaminadas en fecha 01-07-2014 por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal Adolescentes de Guanare estado Portuguesa, al sancionado (se omite), por los delitos de Robo Agravado de vehículo automotor en g.....