PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada HILMARI GARCÍA PADILLA en su condición de Juez Superior Segundo del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el asunto KP02-R-2015-000795.
SEGUNDO: Se ordena la continuación inmediata del presente asunto, porque contra la presente decisión no procede recurso alguno, conforme a lo previsto en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena librar oficio con copia certificada de esta decisión al Juez Inhibido.